Multarán a quienes talen árboles en Maracaibo

El Instituto Municipal de Ambiente (IMA), Ordenanza de Gestión Ambiental en Maracaibo, estado Zulia, establecerá multas a las personas naturales o jurídicas que talen árboles en la región.

Las sanciones para las personas naturales van desde desde 1,5 a 5 petros, mientras que a las personas jurídicas se les impondrá una sanción de 10 petros.

Actualmente, un petro equivale a 60 dólares o 1910,40 bolívares, calculados a la tasa del Banco Central de Venezuela (BCV) con fecha del lunes 21 de agosto. Por lo tanto, 1,5 petros estarían valorados en 90 dólares y 10 petros en $600.

Solo se podrá llevar a cabo esta acción si la institución lo autoriza, permiso que solo darán cuando el árbol obstruya las edificaciones o perdió su sanidad.

Si algún forestal se encuentra enfermo, debe ser notificado al IMA para que sus agropecuarios empiecen a realizarle un tratamiento de 30, 60 o 90 días a la planta.

Si después de los tres meses el árbol no presenta mejorías, las cuadrillas del Instituto Municipal de Ambiente procederán a cortarlo.

información de NP

Comparte con un amigo

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *